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La Asamblea Nacional

Según los términos del artículo 24 de la Constitución del 4 de octubre de 1958, la Asamblea Nacional (Assemblée nationale), junto al Senado (Sénat), constituye el Parlamento.
La Asamblea Nacional tiene 577 diputados, elegidos para un período de cinco años, la «Legislatura». Este mandato puede reducirse en caso de disolución pronunciada por el Presidente de la República, en aplicación del artículo 12 de la Constitución.
La Asamblea Nacional ejerce dos misiones fundamentales: votar las leyes y fiscalizar la actuación del Gobierno.
Los diputados, dotados de un estatuto particular, ejercen estas dos funciones en el marco de unas reglas determinadas por la Constitución, recogidas de modo preciso por la ordenanza del 17 de noviembre de 1958 relativa al funcionamiento de las asambleas parlamentarias, y por el Reglamento de la Asamblea Nacional.